Estimados clientes y amigos:


Hacemos de su conocimiento que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer el 30 de septiembre de 2026 en su Portal, en términos de la regla 1.1.2. de las Reglas Generales de Comercio Exterior, la “Tercera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026 y Anexo 22 – Primera Versión Anticipada”.
La modificación central se encuentra en el Transitorio Décimo Primero de las RGCE 2026, que mantiene un periodo transitorio hasta el 31 de octubre de 2026 y establece, a partir de noviembre, un calendario gradual para la transmisión de la Manifestación de Valor (MVE), diferenciado por régimen aduanero.


Esto es, hasta el 31 de octubre de 2026 podrá continuarse cumpliendo con la Manifestación de Valor bajo el esquema transitorio tradicional, es decir, conforme a la regla 1.5.1. de las RGCE para 2018 y utilizando, según corresponda, los formatos E2 ‘Hoja de cálculo para la determinación del valor en aduana de mercancía de importación’ y E3 ‘Manifestación de Valor’, sin que resulte todavía obligatoria la transmisión de la nueva MVE electrónica mediante el formato E2 a través de VUCEM. A partir de esa fecha, la transmisión electrónica será exigible gradualmente conforme al régimen aduanero y a las fechas previstas en el Transitorio Décimo Primero de las RGCE 2026.