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El 8 de septiembre de 2026 se presentó una iniciativa de reforma a la Ley Aduanera orientada a fortalecer el combate a la subvaluación. El texto analizado permitiría a la autoridad actuar cuando el valor declarado resulte inferior a un valor de transacción de mercancías idénticas o similares (diferencia del 20 %) determinado conforme a los artículos 72 o 73 de la Ley. También plantea nuevas reglas de embargo, garantías y presunción de infracción. *Se trata de una iniciativa: estas medidas aún no deben aplicarse como disposiciones vigentes y pueden cambiar durante el proceso legislativo.

Principales cambios propuestos

DISPOSICIÓNALCANCE DE LA INICIATIVA
Art. 144, fr. XIILa diferencia frente a un comparable legalmente determinado podría dar lugar al inicio de facultades de comprobación.
Art. 151, fr. VIILa diferencia podría constituir una causal de embargo precautorio de mercancías y medios de transporte, conforme al supuesto propuesto.
Art. 153Se prevé la devolución de mercancías y liberación o devolución de la garantía si la documentación desvirtúa la causal o acredita la correcta valoración.
Art. 154Para sustituir el embargo, una diferencia inferior a 20 % permitiría depósito en efectivo o en cuenta aduanera de garantía; con 20 % o más, el texto prevé únicamente depósito en efectivo.
Art. 177, fr. XIISe plantea una presunción de infracción, bajo sus condiciones específicas, cuando la diferencia alcance 20 % o más en regímenes que permiten determinar contribuciones sin pagarlas y una importación definitiva habría generado omisión.