Estimados Clientes y Amigos:
El gobierno federal publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 22 de abril de 2024 el “DECRETO por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación” (Decreto), el cual entró vigor al día siguiente de su publicación y su vigencia es de dos años contados a partir de su entrada en vigor. Sobre este particular destacamos lo siguiente:
Se establecen aranceles temporales (por dos años), de entre 5% a 50%, a la importación de mercancías clasificadas en 544 fracciones arancelarias relativas al acero, aluminio, textiles, confección, calzado, madera, plástico y sus manufacturas, productos químicos, papel y cartón, productos cerámicos, vidrio y sus manufacturas, material eléctrico, material de transporte, instrumentos musicales, muebles, entre otras.
Con este Decreto se abroga el “Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación” publicado en el DOF el 15 de agosto de 2023.