Estimados clientes y amigos:
Hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Séptima Resolución de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025 así como su Anexo 2, la cual entra en vigor a partir de mañana.
Les comentamos, en seguimiento nuestro boletín de fecha 8 de diciembre de 2025, con relación a la “Séptima Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025 – Segunda Versión Anticipada”, que la Séptima Resolución publicada hoy, en su resolutivo Tercero confirma el establecimiento de un periodo de transición híbrido hasta el 31 de marzo de 2026 para la elaboración, presentación y/o trasmisión de la Manifestación de Valor (MV) como consecuencia de la adición del Transitorio Décimo Quinto a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025, publicadas en el DOF el 30 de diciembre de 2024, para los efectos del artículo 59, fracción III de la Ley y de la regla 1.5.1.